
El presidente del Pleno de la SCJ, magistrado Luis Henry Molina Peña, indicó que la lectura del dispositivo se fijó para esa fecha por tratarse de un caso complejo y en vista de que el debate se extendió por más de 30 dÃas, con lo que se hace acopio de las disposiciones del artÃculo 370 numeral 4 del Código Procesal Penal.
En su réplica a las defensas técnicas de algunos de los imputados, el Ministerio Público indicó que no se ha violentado la publicidad del proceso, pues lo único que se pide es la acreditación a quienes ingresan a la sala de audiencias.
Agregó que este procedimiento es conforme a lo dispuesto en el artÃculo 310 del Código Procesal Penal, que permite al presidente del tribunal regular el acceso a la sala por razones de orden. Enfatizó que el caso se transmite por los medios de comunicación, lo que permite a la ciudadanÃa informarse sobre las audiencias.
El órgano acusador, en sus conclusiones, solicitó al tribunal disponer la fecha para la continuidad del proceso y la lectura de la acusación, una vez resuelto lo relativo a la presentación de los incidentes.
Las defensas de todos los imputados se refirieron a los argumentos del Ministerio Público y ratificaron sus conclusiones. Reiteraron que la jurisdicción privilegiada es incompetente respecto de los imputados no aforados y que los tribunales internacionales, en estos casos, han optado por la jurisdicción natural.
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