Juristas coinciden en fracaso del derecho penal en la persecuciĆ³n y abogan por un modelo de justicia restaurativa

Valoran acuerdos del Ministerio PĆŗblico para evitar impunidad y recuperar dineros defraudados Santo Domingo, Rep. Dom., 23 de mayo del 2022.- Los juristas, JesĆŗs Caldera Infante, Duarte CanaĆ”n, Francisco Manzano y Trajano Potentini, coincidieron en el fracaso del derecho penal, como herramienta efectiva para la persecuciĆ³n del crimen organizado, tras abogar por un modelo de justicia restaurativa que arroje mejores resultados y estadĆ­sticas de casos judicializados y dineros recuperados. Las opiniones de los letrados fueron externadas en el marco de la celebraciĆ³n de un panel especializado sobre, La ImputaciĆ³n Objetiva y el Rol del Ministerio PĆŗblico en la PersecuciĆ³n Penal, auspiciado por la escuela de liderazgo, formaciĆ³n cĆ­vica y jurĆ­dica de la FundaciĆ³n Justicia y Transparencia (FJT), que dirige el maestro CĆ”ndido De JesĆŗs, con la asistencia de un nutrido grupo de abogados y periodistas, donde plantearon los retos y escollos del sistema de justicia penal, de cara al combate y persecuciĆ³n de la delincuencia. De su parte Trajano Potentini, valorĆ³ e instĆ³ al ministerio pĆŗblico, a encaminar y lograr acuerdos estratĆ©gicos con posibles justiciables, que le permiten ampliar la cobertura punitiva, sobre todo tomando en cuenta la experiencia y Modus Operandis de la justicia norteamericana que procura siempre conseguir elementos probatorios sĆ³lidos para armar otros casos y garantizar condenas. En ese sentido Potentini, sugiriĆ³ al Ministerio PĆŗblico integrarse a los procesos de negociaciones que en la actualidad llevan a cabo los Estados Unidos de NorteamĆ©rica, con personas acusadas de lavado de activos y narcotrĆ”ficos, a los fines de poder recobrar evidencias y testimonios, los cuales posteriormente facilitarĆ”n otros juzgamientos, de posibles imputados, hoy cobijados con el manto de la impunidad. De su lado el jurista y acadĆ©mico venezolano, radicado en Colombia, JesĆŗs Caldera Infante, destacĆ³ que se trata de una actividad de pedagogĆ­a jurĆ­dica sobre la limitaciĆ³n de la responsabilidad penal en la investigaciĆ³n que adelanta el Ministerio PĆŗblico (FiscalĆ­a), de dicho paĆ­s cuando en el resultado del hecho punible han incidido circunstancias personales (hecho de la vĆ­ctima, por ejemplo) o del entorno o escenario donde se despliega la conducta antijurĆ­dica que debe ser analizada mĆ”s allĆ” de la mera relaciĆ³n de causalidad o del elemento subjetivo (dolo, culpa, etcĆ©tera) del autor del hecho, en consecuencia abogando por un modelo de justicia restaurativa que logre el fin de la justicia en la reparaciĆ³n efectiva del daƱo causado. El togado litigante y acadĆ©mico de larga data, Pedro J. Duarte CanaĆ”n, crĆ­tico el crecimiento descomunal del catĆ”logo de tipos penales existente en el paĆ­s, una especie de hĆ­per inflaciĆ³n punitiva, todo ello ligado al uso excesivo y abusivo de la prisiĆ³n preventiva como regla, apartĆ”ndose de la verdad interina que debe acompaƱar a todo imputado, que se llama presunciĆ³n de Inocencia, un principio cardinal del derecho constitucional, inobservado y conculcado reiterativamente por nuestras autoridades judiciales. CanaĆ”n entiende que ya es tiempo de instaurar en concordancia con la filosofĆ­a del CĆ³digo Procesal Penal (CPP), lamentablemente contra-reformado en el 2015, una mecĆ”nica efectiva de justicia restaurativa o compasiva, que mejore las capacidades y eficiencia del ministerio pĆŗblico, incluso reivindicado como metodologĆ­a cientĆ­fica de la persecuciĆ³n penal, figuras como la mediaciĆ³n, la conciliaciĆ³n y hasta el arbitraje, entre otras tantas acciones que plantea el CPP, para la soluciĆ³n alternativa de los conflictos, en aras de lograr resultados efectivos y reales. En ese mismo orden CanaĆ”n favoreciĆ³ que el ministerio pĆŗblico procure, ante la falta de una ley de extinciĆ³n de dominio, la realizaciĆ³n de acuerdos para recobrar grandes sumas de dineros y el reconocimiento de culpabilidades, sobre todo sin someterse a durar aƱos y aƱos de lucha en los tribunales, como los casos Odebrecht, Tucano, entre otros, sin definiciĆ³n hasta el momento, y estadĆ­sticas permanentes que dan cuenta del fracaso, de no recuperar, ni siquiera, el 1% de lo presumiblemente robado. Francisco Manzano, presentĆ³ su ponencia, clasificando los delitos de corrupciĆ³n, y cĆ³mo el neoliberalismo limitĆ³ el rol y capacidad del estado, dejĆ”ndole una labor de mera supervisiĆ³n, tambiĆ©n hizo especial Ć©nfasis en el impacto y componente econĆ³mico de la persecuciĆ³n criminal, graficando el fracaso del derecho penal extremo, en el pasado y sonado caso de Baninter, cuyo juzgamiento y resultados, despuĆ©s de dĆ©cadas, le costĆ³ al paĆ­s mĆ”s de 76 mil millones de pesos, los cuales, hasta el momento, solo se han podido pagar escasamente los intereses, quedando la deuda todavĆ­a intacta, pese a haber transcurrido casi 20 aƱos. Finalmente, Manzano se mostrĆ³ de acuerdo con un modelo de justicia restaurativa, aunque explicĆ³ la desigualdad abismal que existe en el sistema de la polĆ­tica criminal a nivel del presupuesto con miles y miles de millones para la persecuciĆ³n, ademĆ”s de deplorar la falta de tipos penales en la ley de contrataciones pĆŗblicas, sin duda un escollo que dificulta la labor del ministerio pĆŗblico.

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