Santo Domingo, Rep. Dom.- La Fundación Justicia y Transparencia (FJT), condenó la reiterada negativa y renuencia del secretario del Tribunal Constitucional, de no recibir una acción de amparo colectivo de extrema urgencia, con el objetivo de lograr que las AFP devuelvan a los trabajadores el 30% de sus ahorros, ellos asĆ motivado en la declaratoria de estado de emergencia y la evidente y profunda crisis social, económica y sanitaria que vive el paĆs.
Trajano Potentini, presidente de Justicia y Transparencia, calificó de precedente negativo y funesto para el constitucionalismo dominicano, el que una empleada de la secretaria del Tribunal Constitucional, sin poseer la calidad, el conocimiento o la facultad, se tome las atribuciones de decidir que instancia o expediente se recibe, y cual no, todo ello sin permitirle a los jueces del tribunal, el que instruyan el proceso y en consonancia, con el debido proceso de ley y la constitución se expresen por resolución, en el sentido que previa motivación lo encuentren pertinente.
Potentini considero aĆŗn mĆ”s preocupante que el secretario del Tribunal Constitucional, mediante comunicado oficial del tribunal justifique tal barbaridad, decretando la muerte de la tutela de los derechos fundamentales en el marco de la declaratoria de un estado de emergencia, donde la justicia estĆ” casi cerrada en su totalidad, con el argumento de que estarĆan violando la constitución, su ley orgĆ”nica y reglamento, al recibir un amparo sin llenar a juicio de ellos los requerimientos, sobre todo el de la competencia.
La FJT recordó que bajo las circunstancias actuales se justifica la competencia del Tribunal Constitucional, por estar el paĆs bajo los efectos de un estado de emergencia, como consecuencia del coronavirus, donde reiteramos la justicia ordinaria estĆ” casi cerrada en su totalidad, solo con una resolución que habilita a los jueces de atención permanente a recibir los amparos, ello asĆ sin ninguna esperanza objetiva, ni empatĆa procesal, ni facilidades para conocer de una acción como la planteada al Tribunal Constitucional.
Con esta aptitud y negativa, la secretaria del Tribunal Constitucional, parecerĆa que desconoce, que ya el propio Tribunal Constitucional en otras oportunidades, ha sentado criterios revolucionarios, incluso al margen de la propia constitución, para agenciarse poderes y capacidades fuera de sus facultades ordinarias, como lo serĆa el abrir como acción prĆ”cticamente popular, la acción de inconstitucionalidad, reservada aun en la letra de la constitución, articulo 185 numeral 1, para aquellas personas que tengan un interĆ©s legĆtimo y jurĆdicamente protegido, llĆ”mese el presidente de la repĆŗblica y un porcentaje de una u otra cĆ”mara del congreso, calidades en principio eran indispensables para poder radicar una acción de inconstitucionalidad, todo ello pese a que el criterio constitucional estaba mĆ”s que definido, por la tradición jurisprudencial de la anterior Suprema Corte de Justicia, la cual ademĆ”s lo hizo bajo la investidura de la facultad del control concentrado de la constitucionalidad.
Asimismo, tambiƩn hemos visto como el Tribunal Constitucional, en diversas ocasiones ha fungido como legislador positivo, usurpando con ello las labores y funciones del mƔs representativo de los poderes del estado, el Congreso Nacional, al no solo expulsar una norma del sistema, caso de las nuevas leyes electorales, donde el TC tambiƩn a agregado textos al contenido de las leyes, reitero en detrimento de las facultades del congreso a la hora de legislar.
Anuncia ya no volverƔn al Tribunal Constitucional ante negativa oficial reiterada del secretario del tribunal.
Finalmente, la comisión de abogados y directivos de la FJT que participaron conjuntamente con Trajano Potentini, del intento fallido de someter el amparo en contra de las AFP, Smerly RodrĆguez, Cesar Noboa y Karimel MĆ©ndez, ante la lamentable negativa oficial del mĆ”s alto órgano de justicia constitucional del paĆs, informaron que se quedan ya no intentaran depositar la acción en el tribunal y que continuaran su lucha sobre las AFP, en todos los espacios democrĆ”ticos posibles, asegurando que se trata de una frustración sin precedentes, mĆ”xime frente a un órgano que habĆa trillado el camino de la excelencia al proteger los derechos fundamentales de los dominicanos, hoy prĆ”cticamente cerrado y ajeno a las mĆ”s sentidas reivindicaciones de la población dominicana.
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