A propósito de tirar desperdicios, apliquemos la Ley 120-99


LA LEY ANTE TODO
Por William AlcƔntara
Periodista-Abogado
A propósito de que en los actuales momentos se estĆ” hablando de lo ilegal que es tirar desperdicios en la via pĆŗblica y a edificios, es propicia la ocasión para que tambiĆ©n podamos hacer cumplir la Ley 120-99 “que prohĆ­be a toda persona fĆ­sica o moral tirar desperdicios sólidos y de cualesquiera naturaleza en calles, aceras, parques, carreteras, contenes, caminos, balnearios, mares, rĆ­os, etc.
La Ley 120-99 establece que ArtĆ­culo 1.- Se prohĆ­be a toda persona fĆ­sica o moral tirar  desperdicios sólidos y de cualesquiera naturaleza en calles, aceras, contenes, parques, carreteras, caminos, balnearios, mares, rĆ­os, caƱadas, arroyos y canales de riego, playas, plazas y otros sitios de esparcimiento y demĆ”s lugares pĆŗblicos”.
En su artĆ­culo 2 ”Se prohĆ­be a los propietarios e inquilinos de hogares y establecimientos comerciales sacar basura, desechos o desperdicios en hora distintas a las establecidas por las disposiciones municipales correspondientes.”
Mientras que el ArtĆ­culo 4 dispone que “Las personas que sean sorprendidas tirando basura, desechos o desperdicios de cualquier tipo, del tamaƱo que fuere, en los lugares pĆŗblicos, serĆ”n condenados a las penas de dos (2) hasta diez (10) dĆ­as de prisión o multas de quinientos (RD$500.00) a mil (RD$ 1,000.00) pesos, o ambas penas a la vez.”
La propia ley establece como invertir los recursos, segĆŗn el ArtĆ­culo 5.- “El producto de las recaudaciones que se generen por concepto de la aplicación de esta ley serĆ” especializado por los ayuntamientos para un fondo destinado a la confección de fundas plĆ”sticas para la recogida de basura, las que podrĆ”n ser vendidas al pĆŗblico al costo de su fabricación. Los recursos que excedan se emplearĆ”n en un fondo para educación ciudadana sobre el manejo de desperdicios”.
Y el Tribunal Competente es el Juzgado de Paz segĆŗn el ArtĆ­culo 6.
Ordena que se haga una campaƱa educativa y manda obligar a “todo ciudadano tendrĆ” la obligación de mantener limpio e higienizado el frente de su residencia o establecimiento y recoger la basura, desecho o desperdicios que se encuentren en su acera.”
Es una de tantas leyes que tenemos que son buenas, pero lamentablemente las autoridades competentes se hacen los indiferentes y no se preocupan por aplicarla.

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