Fundación considera secretaria de exrector Febrillet es pasible de condena de 30 años de prisión por delito de perjurio



SAN CRISTOBAL,República Dominicana.-El presidente de la Fundación Vida en Abundancia por la defensa de los Recursos Naturales y los Derechos Fundamentales (FUNDERFU),Emmanuel Solano,sugirió a la exsecretaria del exrector y candidato a senador por el Partido Revolucionario Moderno (PRM) Mateo Aquino Febrillet Elaine Mañaná a mantener silencio para que se evite tener que se evite tener que ir a la prisión por el delito de perjurio.
Solano consideró que resulta muy sospechoso que la joven Mañana a pesar de haber recibido una herida de bala causada por Blas Peralta en el que cayó asesinado Mateo Aquino Febrillet,la misma ni se querellara por las lesiones que había sufrido en su extremidad inferior ni mucho menos por haberle quitado la vida a la persona con quien trabajaba políticamente y con quien debía tener una estrecha amistad.
Agrega que ella es una testigo ocular del hecho de sangre en la sociedad dominicana perdió a un profesional y hombre meritorio mientras que ella alegadamente por temor dijo que no vio nada,que no supo nada,y màs luego dos juezas tuvieron que dictar medida para que se presentara al juicio de fondo.
Precisa que el Còdigo Penal Dominicano establece pena de hasta 30 años de reclusión a quien comete el delito de perjurio y le recordó que a pesar de la sentencia de 30 años de reclusiòn contra el empresario del transporte Blas Peralta la UASD y la sociedad dominicana están muy dolidas por la muerte del exrector.
El reconocido abogado y periodista señalò que los artìculos 361 a 366 del Còdigo Penal Dominicano con sus modificaciones a través de las Leyes 224 y 46-99 expresa claramente las sanciones que conlleva el delito de perjurio.
Reiteró que lo que más le conviene a la joven Elaine Mañana es guardar silencio,por en boca cayada no entra mosca y se evita consecuencias de la que luego se arrepentiría.
Le recordó que sobre el delito de perjurio a varias personas cumpliendo 30 años de prisión en las cárceles dominicana.
continuación lo que dice la normativa jurídica al respecto:

 1.- Perjurio es la afirmación de un hecho falso, bajo juramento o promesa de decir verdad; sea al declarar por ante algún Tribunal, Juez, funcionario u otra persona competente para recibir el juramento o la promesa; sea en algún documento suscrito por la persona que haga la declaración, en cualquier procedimiento civil o criminal, en cualquier caso en que la ley exija o admita el juramento o la promesa.
2.- Son cómplices del perjurio los que por amenazas, promesas, persuasión, inducción, súplicas o dádivas hubieren conseguido que otra persona cometa el perjurio.
3.- El perjurio se comete aún en el caso de que el juramento o la promesa sean irregulares por vicios de forma.
4.- (Mod. por Ley 224 del 26-6-1984 y ley 46-99 del 20-5-1999). El perjurio se castigará con las penas y según las distinciones siguientes:
a) Cuando a consecuencia del perjurio un acusado hubiere sido condenado a treinta años de Reclusión Mayor, y la sentencia hubiere sido ejecutada, se impondrá al autor del perjurio el máximum de los Reclusión Mayor.
b) Fuera del caso previsto en el párrafo anterior, siempre que a consecuencia de perjurio el acusado hubiere sufrido total o parcialmente una pena criminal o correccional, se impondrá la misma pena al autor del perjurio.
c) Cuando el acusado condenado a consecuencia del perjurio no hubiere sufrido total ni parcialmente la pena impuesta, se aplicará al autor del perjurio seis meses de prisión correccional o multa no menor de cien pesos ni mayor de mil pesos o ambas penas a la vez.

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