San Cristóbal.- La Cámara Civil y Comercial del Distrito Judicial de San Cristóbal, ordena al Ayuntamiento Municipal de San Cristóbal y/0 al señor alcalde Raúl Mondesà Avelino, al pago de las prestaciones laborales a los obreros cancelados de esa corporación edilicia.
La sentencia 00503-2012,que favorece a 403 obreros cancelados del ayuntamiento de San Cristóbal ,que encabezaron la demanda el señor José Rafael MartÃnez y compartes y que tiene como abogado apoderado al doctor Leoncio Ferreira Alvarez, ordena al ministerial Diómedes Castillo Moreta, Alguacil de Estrado del Tribunal para que notificara la misma .
La Juez presidenta de la Cámara Civil y Comercial ,doctora Ana Estela Florentino Japa,cuyo tribunal acogió el Recurso Contencioso Administrativo ,presentado por el doctor Leoncio Ferreira Alvarez actuando a nombre y representación servidores públicos cancelados por la presente administración sin el incumbente haberle pagado sus prestaciones laborales como lo establece la Ley de Función Pública 41-08 y su Reglamento 523-09.
Esta sentencia el Ayuntamiento de San Cristóbal y /o el alcalde Raúl Mondesà estarÃan en la obligación de cumplir con el pago, negociar o casarla. En este último recurso solo la alcaldÃa perderÃa tiempo porque con él solo se tratarÃa de verificar si la Ley fue bien o mal aplicada.
A la llegada de Raúl Mondesà al ayuntamiento después de haber ganado la alcaldÃa al licenciado José Bienvenido Montás aplicó un chapeo bajito y canceló a todos los trabajadores sin importar que dichos servidores públicos estuvieran trabajando con eficiencia para el desarrollo de la municipalidad.
Esta es la segunda vez que el alcalde Mondesà acude a los tribunales y no obtiene ganancia de causa, se recuerda las demandas incoadas por los familiares del empresario EfraÃn Lucas, quien habÃa arrendado el Balneario La Toma y le despojaron de ella sin haberse cumplido el contrato y el segundo fue la demanda del arquitecto VÃctor Minier por unos terrenos que le habÃa vendido al cabildo en la gestión del alcalde Nelson De la Rosa.
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