Santo Domingo.- El Ministerio de Trabajo reitera a
toda la colectividad empresarial y trabajadora de la República Dominicana que
el martes 27 de febrero “Día de la Independencia”, no se cambia, por lo que no
es laborable.
La clase trabajadora debe reintegrarse
a sus labores cotidianas el miércoles 28 del mismo mes, según lo establece
la Ley 139-97, atendiendo a la aplicación de los días feriados.
La celebración de estas fechas de
conformidad con lo establecido por la legislación dominicana, deberá ser
aplicada en todos los establecimientos del país.
En las empresas que por su naturaleza
deben permanecer abiertas al público, los trabajadores deben recibir una
remuneración adicional, de acuerdo a lo establecido en el Código de Trabajo.
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