Ministerio de Educación reconoce Colegio Cooperativa Loyola en San Cristóbal

San Cristóbal.- El ministerio de Educación, a través de la Regional de Educación 04, San Cristóbal, entregó al Colegio Cooperativa Loyola un reconocimiento por haber cumplido con las exigencias establecidas en la Ordenanza 4-2000, que les concede el beneficio para operar, en el Nivel Secundario, Modalidad General, Tanda Matutina.

El reconocimiento fue entregado a Graciela Guzmán, directora del plantel, de parte del director Regional, Darío Campusano Hichez y la directora del Distrito Educativo, 04-03, Jacinta Sánchez.  

La actividad fue celebrada en la sede central de la regional y contó con la presencia de Ramona Soto Valdez ,subdirectora regional;Yasmín Martínez, Lucy Simoa, ambas asesoras regionales, encargadas de las Instituciones Educativas Acreditadas; Flor María Uribe, asesora regional, encargada de Supervisión y/o SAS y Miulquis Victoria del Rosario, técnico del Distrito Educativo 04-03.

Ordenanza No.04’2000

ORDENANZA NO.04’2000, Que establece el Reglamento de las Instituciones
Educativas Privadas.

CONSIDERANDO. Que la educación es un servicio social de alta prioridad que debe
cumplir los fines de formar las futuras generaciones, conforme a los fundamentos
históricos y culturales quedan fisonomía a la nación dominicana.

CONSIDERANDO. Que es deber del Estado garantizar y fomentar el desarrollo de luna
educación de calidad en todos los niveles y modalidades tanto en el sector público como
en el privado.

CONSIDERANDO. Que en el orden de la democratización, el Estado debe proporcionar
igualdad de oportunidad de aprendizaje, y equidad en la oferta de los servicios educativos
para que padres, madres y tutores disfruten del derecho de escoger para sus hijos centros
educativos públicos o privados, según su conveniencia.

CONSIDERANDO. Que históricamente el sector privado ofrece servicios educativos en
los diferentes niveles y modalidades, a través de sus instituciones, coadyuvando a que se
cumpla el postulado de que la educación debe ser responsabilidad de todos.

CONSIDERANDO. Que la libertad de enseñanza está consagrada en la Constitución de
la República y la ley de educación No. 66’97, cuyas disposiciones deben pautar el
presente reglamento.

CONSIDERANDO. Que las instituciones educativas privadas deben cumplir con las
disposiciones legales vigentes, tanto para adquirir la autorización correspondiente, como
para su normal funcionamiento y desarrollo académico.

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