La celebración del dÃa la carta sustantiva de San Cristóbal históricamente no es el lunes 4, sino el miércoles 6 de Noviembre en curso.
Treinta y dos representantes del paÃs integraron el Congreso Constituyente de mi pueblo, en cumplimiento al decreto de convocatoria de la Junta Central Gubernativa, el 24 de Julio de 1844.
Y habÃa que tener una de las calidades exigidas por el artÃculo 2: ser mayor de 21 años, ser propietario de bienes urbanos o rurales, ser empleado público u oficial del Ejercito de Tierra y de Marina, ejercer una industria sujeta a patente o ser arrendatario de una propiedad rural.
En esa ocasión, uno o varios oficiales del mencionado Ejército, podrÃan ser electos diputados a la Constituyente.
El 24 de Septiembre de 1844, se instala a las 7 de la mañana, en la común de San Cristóbal, el Soberano Congreso Constituyente, presidido por Manuel MarÃa Valencia, quien propuso por moción aprobada, que si el pleno constituyente se juramentase colocando la mano derecha sobre los evangelios.
El 28 de septiembre, a los cuatro dÃas y sin ser todavÃa aprobada la Constitución, la Junta Central Gubernativa, presidida por Pedro Santana, sometió al Pleno Constituyente un grave atentado a la soberanÃa económica del paÃs, el cual fue rechazado, y era el empréstito Gendrisch, del señor Henry Hendrich, que ofrecÃa a la República Dominicana, recién creada, comprarle vales u obligaciones por valores de 50, 100, 200 y 500 Libras esterlinas cada vale, hasta la suma de un millón quinientos mil, fijado cada libra a razón de cuatro pesos cincuenta centavos fuertes, pero no del español, de suerte que el millón quinientas mil libras, hacÃan la estimación de seis millones setecientos cincuenta mil pesos fuertes.
El interés del capital era de 5% anual, por lo que el capital de 6, 7, 50, 000 al 5% anual hacÃan cada año 337,500 que en 30 años de duración llegaban a la suma de 10,125,000. Henry era de nacionalidad inglesa.
El constituyente Buenaventura Báez dio lectura al informe del rechazo del empréstito, conocido por la comisión designada integrada por Vicente Mancebo, Domingo Antonio Solano, José Valverde, Francisco Santana y Bernardo Aybar, quiente también como Báez se constituyeron en sÃmbolos y gloria de la República y fue el primer rechazo a un empréstito extranjero.
La Constitución de San Cristóbal, ha sido una de las más avanzadas, liberales y progresistas que hemos tenidos, y de ella todavÃa quedan la base jurÃdica del Estado, los principios de libertad, postulados democráticos y la solemne reafirmación de la nacionalidad Dominicana.
No es el cuatro, sino el 6 el DÃa de la Constitución de la República.
Este artÃculo fue publicado por el doctor Domingo Porfirio Rojas Nina en el periódico El Nacional del 1 de Noviembre del año en curso y por considerarlo de interés lo reproducimos de manera Ãntegra.
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