“PARTEN HACIA LA REPÚBLICA DOMINICANA DIECINUEVE DE LOS DOMINICANOS RETENIDOS EN EL AEROPUERTO DE MILANO MALPENSA. EL CONSULADO DOMINICANO EN MILÁN INFORMA SOBRE LO ACONTECIDO Y ACLARA LOS HECHOS”

En un comunicado oficial el Consulado dominicano en Milán informó éste jueves 23 sobre la situación actualizada de ciudadanos dominicanos retenidos en Milano-Malpensa ante las restricciones sanitarias impuestas por el Ministerio de la Salud Italiano ante la emergencia COVID.
El resumen de los hechos desde el inicio a la actualidad se enumeran a continuación:
.i. En fecha 09 de julio el Estado Italiano emitió el Decreto del Presidente del Consejo de Ministros expuestas en la Gazzeta Ufficiale Ministro de la Salud la ordenanza de medidas urgentes con respecto a la contención y gestión de emergencia epidemiológica de COVID-19, entre las que se prohíbe la entrada a Italia a quienes se han hospedado o transitado en una lista de trece países, incluida la República Dominicana. Estas medidas sería efectiva hasta la fecha 31 de julio. La ordenanza a la prohibición hace excepción a los ciudadanos italianos cuyo lugar de residencia fuera en Italia, o de sus familiares (ascendentes y descendientes directos, conyugues, parejas permanentes, unión civil);
ii. En fecha domingo 19 de julio partiría desde La Romana el vuelo humanitario de la aerolínea NEOS AIR vuelo NO.997, con destino final la ciudad de Milán, haciendo una escala técnica en la ciudad de La Habana. El propósito del vuelo humanitario sería el traslado de ciudadanos italianos varados en la Rep. Dominicana;
iii. En fecha lunes 20 de julio se determinó que algunos de estos tripulantes no cumplían con las condiciones de ser ciudadanos italianos. Veintisiete ciudadanos dominicanos serían retenidos;
iv. El mismo día lunes 20 de julio el Consulado Dominicano sería alertado sobre la situación, informando así a la Embajada Dominicana en Roma y al Ministerio de Relaciones
Exteriores de la Rep. Dominicana, y activando el servicio de asistencia de emergencia, protección a los dominicanos y legal; se contactaría la Policía de Frontera del Aeropuerto Milano Malpensa, así como con la directiva de la aerolínea NEOS;
v. El Consulado aseguraría que, dentro de las limitaciones del lugar y las ordenanzas del Estado Italiano, los ciudadanos dominicanos retenidos tuvieran sus necesidades básicas cubiertas como alimentos y bebidas, así como el estado de salud de cada uno de ellos;
vi. El Sub-Comisario del Aeropuerto Malpensa, encargado de la logística del caso, explicaría al Consulado los detalles y motivaciones de la prohibición de desembarque en Italia de cada uno de los tripulantes. Informando además que los retenidos estaban en condiciones estable, y asegurando que serían suministrados con alimentos y bebidas, así como escuchando sus requisiciones. El Consulado mantendría un monitoreo directo y constante con las autoridades aeroportuarias, así como con los retenidos; siendo informado sobre algunos casos de vulnerabilidad como: menores de edad y personas con limitaciones motoras, que fueron inmediatamente comunicadas a la policía de frontera y la aerolínea;
vii. A través del departamento legal del Consulado se depuraría algunos casos de tripulantes que tenían familiares directos con ciudadanía italiana, logrando de ésta forma permitirles entrar en territorio italiano; la lista de retenidos bajaría a veintiún ciudadanos;
viii. El Consulado informaría a los oficiales sobre algunas reclamaciones sobre la situación de los retenidos; los oficiales garantizaron el suministro de colchonetas para que pudieran dormir las noches del martes 21 y el miércoles 22. Se aseguraba una vez más que desde el inicio se les estaba proveyendo de alimentos y bebidas;
ix. El miércoles 22 de julio la lista de los retenidos, después de una nueva depuración, bajaría a diecinueve ciudadanos;
x. El día jueves 23 de julio al mediodía, los diecinueve pasajeros retenidos partirían desde el Aeropuerto de Milano Malpensa hasta Santo Domingo en el vuelo BV8840 de la aerolínea
Blue Panorama.

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