FEDOMU se suma al Colegio de Abogados en lucha contra de nuevos impuestos dispuestos por el Consejo del Poder Judicial


Califican la medida como ilegal e inconstitucional que provoca daños a los gobiernos locales
Dicen que una resolución no está por encima de la Ley por lo que debe de ser derogada
SANTO DOMINGO, RD.- La Federación Dominicana de Municipios (FEDOMU) se sumó este martes a la lucha que llevael Colegio de Abogados de la República Dominicana (CARD) en contra de la resolución 21/2018, del 6 de junio del 2018, emitida por el Consejo de Poder Judicial (CPJ), que establece nuevos impuestos para los servicios de actos notariales de 350 y 550 pesos, usurpando funciones de las Direcciones de Registros Civiles de los Ayuntamientos.
Rafael Hidalgo, presidente de FEDOMU, dijo con dicha resolución el Consejo se toma atribuciones que no le confieren, crea confusión y podría generar una doble tributación en la población, ya que el manejo de dichas tasas son responsabilidad de las Direcciones Registros Civiles de los Ayuntamientos según la Ley 23-34 de Registro Civil.
Hidalgo calificó la medida como ilegal, alegando que la misma vulnera la autonomía municipal y ocasiona daños a los gobiernos locales, que se verán afectados considerablemente con el recorte de sus ya menguados ingresos, debido a medidas adoptadas últimamente por las distintas cortes, lo que va en detrimento de las finanzas y la autonomía de los gobiernos locales.
El presidente de FEDOMU instruyó a todo el cuerpo jurídico de la Federación, para que se sumen al proceso judicial que lleva a cabo el CARD en contra de la decisión administrativa del Consejo del Poder Judicial, cuya audiencia está pautada para el primero de octubre del presente año.
“Nunca una resolución puede derogar a una Ley, por lo que la misma no debe de ser aplicada. Nuestros abogados estarán presentes en la primera audiencia pautada el primero de octubre en el Tribunal Superior Administrativo”.
Mientras que Miguel Surun Hernández, presidente del CARD, dijo que la resolución es inconstitucional porque rebasa las atribuciones del Consejo del Poder Judicial, que se ha instaurado por encima de la Ley, atentando en contra de una atribución consagrada en la Ley 23-34 de Registro Civil.
Surun Hernández advirtió a los alcaldes a estar conscientes que esto es solamente el principio para despojar a los ayuntamientos de sus fuentes de ingresos, alegando que comenzaron primero con los poderes y testamentos que dice la Ley 140-15, ahora contradiciendo la referida Ley, cambian no solo los poderes y testamentos, sino también todos los actos auténticos y que mañana serán los actos de alguacil.
Ambos gremialistas hablaron luego de la firma de un acuerdo interinstitucional a través del cual el CARD se compromete a realizar conferencias, especialidades, diplomados, talleres y seminarios, a los juristas de los ayuntamientos en materia Derecho Municipal Dominicano y otras ramas.
El contrato-convenio también plantea que el CARD recibirá mensualmente los recursos provenientes de La ley 91-83, de los ayuntamientos de todo el país y proporcionará informaciones del rendimiento académico de todos los beneficiarios. La vigencia del presente convenio será por tiempo indefinido. 

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