Colegio de Abogados denuncia nueva Ley de Lavados viola ConstituciĆ³n por lo que deposita recurso en Tribunal Constitucional


Dice artĆ­culo 33 de nueva Ley constituye en un chantaje, secuestro, amenaza, coacciĆ³n y presiĆ³n psicolĆ³gica en contra de los profesionales del Derecho

SANTO DOMINGO.- El Colegio de Abogados de la RepĆŗblica Dominicana denunciĆ³ que la nueva Ley de Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo 155-17 viola varios preceptos Constitucionales, por lo que depositĆ³ un recurso de inconstitucionalidad en el Tribunal Constitucional.

Miguel Surun HernĆ”ndez, presidente del gremio, dijo que el literal e del artĆ­culo 33 de la Ley 155-17 viola los artĆ­culos 40, 44 y 69 de la ConstituciĆ³n, el artĆ­culo 17 del CĆ³digo Procesal Penal; asĆ­ como la ConvenciĆ³n  Interamericana  de Derechos Humanos, la ConvenciĆ³n Americana de Derechos Humanos y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y PolĆ­ticos.

TambiĆ©n viola el Decreto No. 1290 que ratifica el CĆ³digo de Ɖtica del Colegio de Abogados de la RepĆŗblica Dominicana y la Ley 91 del Colegio de Abogados.

Surun HernĆ”ndez explicĆ³ que identificar a los abogados como sujetos obligados pasibles de sanciones penales, civiles u administrativas por hechos derivados de sus clientes violenta el principio de la personalidad de la persecuciĆ³n penal contenido en el artĆ­culo 40 numeral 14 de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica que dispone: “Nadie es penalmente responsable por el hecho de otro”.

Asimismo viola el artĆ­culo 17 del CĆ³digo Procesal Penal que plantea que “Nadie puede ser perseguido, investigado ni sometido a medidas de coerciĆ³n sino por el hecho personal. La retenciĆ³n de personas ajenas a la comisiĆ³n de un hecho punible con miras a obtener su colaboraciĆ³n o la entrega del imputado se sanciona de conformidad con las disposiciones de la ley penal”.

El presidente del CARD dijo que al analizar este principio recordamos las antiguas prĆ”cticas de la policĆ­a o viejos mĆ©todos de investigaciĆ³n que consistĆ­an en detener la madre, padre o familiar del sospechoso perseguido, investigado o buscado por la justicia para obtener colaboraciĆ³n del imputado.

AdvirtiĆ³ que la Ley 155-17 de Lavado de Activos establece consecuencias penales, civiles y administrativas contra los abogados que no colaboren y cumplan con las obligaciones de los sujetos obligados de informar en perjuicio de sus clientes, lo que es constituye un chantaje, secuestro, amenaza, coacciĆ³n y presiĆ³n psicolĆ³gica en contra de los profesionales del Derecho.

“Resulta inaceptable e inconstitucional que a un abogado se le persiga por ejercer su deber de confidencialidad, por guardar el secreto profesional, en sĆ­ntesis el abogado ira preso por callar, por ejercer el sagrado derecho al silencio del profesional o quinta enmienda en la ConstituciĆ³n de los Estados Unidos de AmĆ©rica”, expresĆ³ el jurista.

InformĆ³ tambiĆ©n que obligar a los abogados mediante ley a proveer documentos recibidos en su actuaciĆ³n profesional o relaciĆ³n cliente-abogado vulnera el derecho a la intimidad contenido en el artĆ­culo 44 de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica.

Dicho artĆ­culo dispone: “Toda persona tiene derecho a la intimidad. Se garantiza el respeto y la no injerencia en la vida privada, familiar, el domicilio y la correspondencia del individuo”.

El CARD indicĆ³ que los abogados deben tener un profundo conocimiento sobre todos los hechos y documentos relevantes para una correcta defensa de sus clientes, por lo que el secreto profesional estĆ” contemplado en el derecho a la intimidad y el derecho de defensa, consagrados en los artĆ­culos 44 y 69.4 de la ConstituciĆ³n, respectivamente, alegando que sin secreto profesional del letrado, no existe derecho de defensa.

Dijo que la ComisiĆ³n Interamericana de Derechos Humanos plantea que el derecho a la intimidad garantiza “un espacio que nadie puede invadir, una esfera de actividades absolutamente personal para cada individuo” 

El recurso de inconstitucionalidad fue depositado en compaƱƭa de una comisiĆ³n de juristas integrada por Surun HernĆ”ndez, Trajano Vidal Potentini, JosĆ© Juan Zapata, Elsa Alvarado, Selena Rosario, Monchy RodrĆ­guez y otros. Fue realizado en coordinaciĆ³n con Feliz Portes.

Publicar un comentario

0 Comentarios