El lunes 2 de abril vence el plazo para presentar DeclaraciĆ³n Jurada Anual



Los contribuyentes deben hacer su declaraciĆ³n con el nuevo formulario que tiene modificaciones
Santo Domingo, 25 de marzo 2018-  Impuestos Internos informĆ³ a todos los contribuyentes Personas FĆ­sicas que el lunes 2 de abril vence el plazo para presentar y pagar la DeclaraciĆ³n Jurada Anual del Impuesto Sobre la Renta, correspondienteal aƱo 2017.
La instituciĆ³n informĆ³ ademĆ”s que ha realizado modificacionesen el formulario de declaraciĆ³n, con la finalidad de simplificar alcontribuyentesu respectivo proceso de presentaciĆ³n.
Los contribuyentes que deseen realizar la presentaciĆ³n de la DeclaraciĆ³n Jurada de Impuesto Sobre la Renta, de manera virtual, tienen a su disposiciĆ³n la opciĆ³n DeclaraciĆ³n Interactiva, en la secciĆ³n Oficina Virtual (OFV) con solo acceder a la pĆ”gina www.dgii.gov.do
El Impuesto sobre la Renta (ISR) es un impuesto anual aplicable sobre toda renta, ingreso, utilidad o beneficio obtenido por personas fĆ­sicas y profesionalesliberales que perciben mĆŗltiples ingresos, ya sea por salarios, ventas y/o alquiler de bienes muebles o inmuebles, prestaciones de servicios, prĆ©stamos en general, inversiones o ganancias financieras en el exterior, entre otros.
Los pagos de este impuesto podrƔnser efectuados en los bancos comerciales autorizados, a travƩs de suscanales como ventanilla y pagos en lƭnea, asƭ como en el Ɣrea de caja de las Administraciones Locales de todo el paƭs.
En virtud de los artĆ­culos 26, 27, y 252 del CĆ³digo Tributario, la no presentaciĆ³n de este impuesto en fecha hĆ”bil es pasible de recargos por mora, por el monto de un 10% sobre el valor del impuesto a pagar, por el primer mes o fracciĆ³n de mes, un 4% progresivo e indefinido por cada mes o fracciĆ³n de mes subsiguiente; asĆ­ como un 1.10% acumulativo de interĆ©s indemnizatorio por cada mes o fracciĆ³n de mes sobre el monto a pagar.

Cambios en los formularios
La DGII ha realizado cambios en los Formatos de EnvĆ­os de los formularios 606, 607, 608, 609, 632, asĆ­ como los de venta y compra de combustibles.
Impuestos Internos ha decidido realizar estas modificaciones con el fin de obtener mayor calidad y mĆ”s precisiĆ³n en las informaciones remitidas, asĆ­ como la reducciĆ³n del costo de cumplimiento de los contribuyentes respecto a sus declaraciones juradas.
Algunos de estos cambios entraron en vigor en octubre del 2017 y otros a partir de enero de este aƱo.


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