evasión comienza en mayo
Enfrenta
acciones ilegales de empresas de carpetas fantasmas que venden comprobantes
fiscales y simulan gasto para pagar menos impuestos al fisco, bajo la orientación
de asesores que se promueven en las redes sociales.
Santo Domingo, 01 febrero 2017-. La Dirección General de Impuestos Internos emitió la Norma General No.06-2018,que regula
aspectos del sistema de facturación y establece nuevas disposiciones sobre la
emisión y uso de los comprobantes fiscales.
Asimismo,
dio a conocer mediante un aviso que se publica en los medios impresos, sus
cuentas de redes sociales y su página web,que semodifica la estructura del Número
de Comprobante Fiscal (NCF) que entrará en vigor el primero de mayo del año en
curso.
“Esta nueva
Norma es un paso importante en la dirección de combatir la evasión fiscal y
erradicar el mercado secundario que se ha desarrollado de manera ilegal con los
comprobantes”, enfatizó el Director General de Impuestos Internos, Ing. MagÃn
DÃaz.
DÃaz explicó
que la DGII ha detectado que empresas de carpetas fantasmas venden comprobantes
fiscales, simulan gastos, con falsos asesores que se promocionan en las redes
sociales e inflan gastos con el fin de pagar menosITBISy menos Impuesto Sobre
la Renta (ISR).“La emisión de esta norma viene a enfrentar este problema”,
subrayó.
Informó que la
norma fue sometida a un proceso de amplia consulta pública, utilizando los
mecanismos establecidos en la Ley de Libre Acceso a la Información Pública,publicando
su correspondiente borrador el pasado 30 de octubre en la página web y abriendo
la consulta digital, jornada donde se recibieron opiniones y sugerencias de los
contribuyentes que fueron valoradas y tomadas en cuenta.
Subrayó la
utilidad de esta norma como una herramienta para reducir el nivel de evasión en
el ITBIS que en nuestro paÃs sobrepasa el 40%.
Los cambios. -La Norma, en su ArtÃculo 2 establecenuevas definiciones de los
siguientes conceptos:a) Factura de
Consumo: aquellos comprobantes fiscales que se emitan para el
consumidorfinal.b) Factura de Crédito
(Fiscal): aquellos comprobantes fiscales que se emiten con valorfiscal.
Por otra
parte, en lo relativo a la asignación y uso de secuencias de NCFs, la Norma ordena
que los contribuyentes deberán solicitar las secuencias de NCFs a utilizar. “Una
vez realizada la solicitud, la DGII asignará la cantidad y tipo deNCFs atendiendo
a los siguientes factores: actividad económica registrada en el Registro
Nacionalde Contribuyente (RNC); volumen operacional; nivel de cumplimiento del
contribuyente, asà comodel perfil de riesgo del contribuyente, de conformidad
con los parámetros dispuestos por laDGII”, instituye el Articulo 5.
El ArtÃculo 10 de la Normaindica que los NCFs que se
encuentren autorizados por la DGII al momento de la entrada en vigor de la
Norma, podrán ser emitidos y utilizados por los contribuyentes hasta el 30 de
abril del 2018.
El párrafo único del ArtÃculo 10, explica que los contribuyentes
deberán hacer su solicitud de nuevas secuencias de NCFs, de acuerdo con el
calendario que será publicado por Impuestos Internos queentrará en vigor a
partir del 01 de mayo de 2018.
A su vez, el ArtÃculo 11 indica que los contribuyentes
que al momento de la entrada en vigencia de esta norma
cuenten con autorización para emitir facturas con NCFs, sin importar el tipo de
comprobante de que se trate, contarán con un plazo de tres (03) meses para
realizar los ajustes necesarios en sus sistemas de facturación con el fin de
adaptarlos a los requerimientos de la Noma.
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