Santo
Domingo.- El Ministerio de Trabajo reitera a
empleadores, trabajadores y a la población empresarial en sentido general, las
fechas en que serán celebrados los días feriados durante el año 2018, dando
cumplimiento a la Ley 139-97, la cual establece la aplicación de los días
feriados.
El lunes 1 de enero, fecha de
celebración del “Año Nuevo”, no se cambia, el sábado 6 del mismo mes,
conmemoración del “Día de los Santos Reyes”, no se cambia.
El domingo 21 de enero, día de “Nuestra
Señora de la Altagracia”, no se cambia; viernes 26, fecha que se
conmemora el “Natalicio de Juan Pablo Duarte”, se trabaja y se cambia para el
lunes 29 de enero. El martes 27 de febrero, “Día de la Independencia Nacional”,
es inamovible.
El Viernes Santo, festividad religiosa
en que se conmemora la muerte de Jesucristo, no se cambia, por tanto, se
mantiene el viernes 30 de marzo como día feriado.
Asimismo, el “Día del Trabajo”, martes
1ro de mayo, se trabaja, y se cambia el feriado para el lunes 30 de
abril. El Ministerio de Trabajo informa que la festividad religiosa “Corpus
Cristi” que este año 2018 se celebrará el jueves 31 de mayo, no se cambia;
además es inamovible el “Día de la Restauración”, correspondiente al jueves 16
de agosto.
Precisa la institución, que el
lunes 24 de septiembre, día que se celebra la fiesta de “Las
Mercedes”, será celebrado en la misma fecha. En tanto, el día de la
“Constitución” que se celebra el martes 6 de noviembre, se trabaja, y se cambia
el día de fiesta para el lunes 5 del mismo mes.
La nota indica que el martes 25 de
diciembre, día del Nacimiento de Jesús (Día de Navidad), no se cambia.
El documento con los días feriados
correspondientes al año 2018 puede ser descargado en el Portal Web de la
Institución www.mt.gob.do y además será publicado en las Redes Sociales
institucionales y Medios de Comunicación.
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