ADN produce “abusivos” y “desproporcionados” aumentos de tasas municipales


La Dirección de Registro Civil, Conservaduría de Hipotecas y Registro Central de Venta Condicional del Ayuntamiento del Distrito Nacional hizo publicar en algunos diarios, el pasado día viernes 30 de diciembre de 2015, unas nuevas“Tarifas fijas de servicios para el registro de actos civiles, judiciales y extrajudiciales”, efectivas a partir del día lunes primero de enero de 2017, por aplicación de la Sentencia TC/0339/14, emitida por el Tribunal Constitucional el 22 de diciembre de 2014.

La señalada tarifa, cuyo valor fijo era de cien pesos (RD$100.00) y luego aumentado a doscientos pesos (RD$200.00), ahora experimenta un descomunal, gigantesco y excesivo aumento que oscila desde mil pesos (RD$1,000.00) hasta diez mil pesos (RD$10,000.00), dependiendo que el tipo de acto a registrar sea civil, judicial o extrajudicial.

El comunicado del Ayuntamiento del Distrito Nacional recuerda a los usuarios del servicio “que por aplicación del artículo 39 de la Ley 2334/1885, los actos diligenciados por alguaciles, notarios e intérpretes judiciales gozaran de un plazo de un (1) mes de fecha a fecha, contados a partir de sus instrumentación, para ser sometidos a la formalidad del registro”.

Esta errónea aplicación de la ley implicaría una derogación de la esencia del mismo artículo que establece que “Los actos sujetos al derecho de registro, deben ser presentados en la oficina correspondiente, (…) dentro de los cinco días, para los diligenciados por los alguaciles; de cuatro, para las traducciones de los intérpretes; y de seis, para los pasados ante notarios.

A esta aberrante revocación pretendida por el ADN, se suma la advertencia de cobrar quinientos pesos (RD$500.00) adicionales por cada mes o fracción de mes de retardo en el registro”, cuando la ley y el mismísimo artículo que dicen aplicar, establece con claridad meridiana que si el registro se presenta fuera de los plazos antes indicados será “bajo pena de cuatro pesos por cada infracción”.

También, pretenden erigirse en jueces y abrogar las funciones del Poder Judicial para sancionar las faltas de los oficiales ministeriales en la inobservancia a la exigencia de la formalidad del registro precisando en su Comunicado que “podrán ser sancionados con la destitución en los casos de reincidencia”, pero ocultando el texto real que sanciona con “pena de multa de cinco a veinticinco pesos”.“(…) Padre, perdónalos que no saben lo que hacen!! (Lucas 23:34)

Sin dudas el Ayuntamiento del Distrito Nacional debe explicar este insólito proceder no solo con la máxima claridad sino con la mayor prontitud. En esa materia no pueden quedar dudas de ninguna naturaleza.Tanto peor es que de continuar esa desproporcionalidad en los sistemas tributarios municipales y estatales, por el “efecto dominó”en poco tiempo, alegando aplicación de la sentencia del Tribunal Constitucional, en otros ayuntamientos habrá una proliferación de tasas municipales de todo tipo y por servicios que no se brindan.

Recordamos que en la búsqueda desenfrenada de recursos para afrontar los problemas presupuestales, el pasado año el Gobierno aumentó las tarifas por la renovación de las placas de los vehículos y, además, incrementó las tarifas en los peajes de las principales carreteras.

Seguiremos sobre el tema.
Autor: Ruddy Nelson Castillo

Es catedrático universitario y presidente del Instituto Dominicano de Notarios (INDONOTA)

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