Colegio de Periodista expresa respaldo al comunicador Ramón González ante persecución del representante legal del supermercado Inés

SANTO DOMINGO, República Dominicana.- El Colegio Dominicano de Periodistas (CDP) expresó todo su apoyo al periodista Ramón González, director propietario del portal digital Alternativasnoticiosas.com, y al camarógrafo Alexander Vega, perseguidos judicialmente por el representante de un supermercado en San Cristóbal que los acusa de difamación e injuria.
Olivo De León, presidente del CDP, afirmó que aunque desde el principio del proceso el gremio dispuso de un abogado que lo lleva ante los tribunales, a partir de ahora González podrá contar con toda la maquinaria institucional para terminar con este caso como prevé la ley, con la absolución de los acusados, por ser inocentes y con la aplicación de todo el peso de la ley contra sus acusadores.
Recordó que el periodista tiene una misión sagrada, la de mantener informada a la sociedad, de manera que su trabajo consiste en satisfacer un derecho fundamental de toda sociedad y ser humano y de ejercer el derecho fundamental de informar, de buscar, investigar y difundir informaciones por cualquier medio sin que se le pueda aplicar censura previa.
Sin embargo, De León sostuvo que para salir victoriosos, como hasta ahora lo han hecho, González y Vega tienen en sus manos lo que se necesita, la verdad y el derecho.
Dijo que ninguno de los acusados de difamación e injuria confrontará ninguna dificultad porque cuentan con las evidencias de las informaciones que publicaron, sumadas a la potestad y la fuerza que le da el artículo 49 de la Constitución de la República, el artículo 19 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, el artículo 13 de la Convención Americana de los Derechos Humanos, la Ley 6132 de Expresión y Difusión del Pensamiento y la Ley 200-04 de Libre Acceso a la Información,  entre otras normas.
Indicó que si a esto agregamos la sentencia 0075-16 del Tribunal Constitucional que declara nulos siete artículos de la Ley 6132 relativos a las penas por difamación e injuria, entre otros hechos, sus acusadores no tienen ninguna oportunidad.
Le sugirió al señor  Michael Aquino, representante del supermercado Inés, que no espere que la audiencia comience este lunes 10 de octubre, en la Segunda Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia San Cristóbal, que retire la querella y acusaciones contra el periodista Ramón González y el reportero gráfico Alexander Vega, y que le ofrezca disculpas por la persecución judicial que mantiene contra ellos y las molestias que haya podido causarles.
Consideró que en este caso él y el negocio que representa están haciendo como Chacumbele, matándose ellos mismos, pues es el pleito de perder-perder, no tienen forma de ganar.
Agregó que en un caso hipotético que un tribunal emita una sentencia favorable, ellos pierden porque no tienen forma de evitar que se debata públicamente y se multiplique cada vez más, a nivel nacional e internacional, la noticia de que en el supermercado Inés se venden o vendían productos con fechas vencidas, y eso no puede serle positivo de ninguna manera.
Le recordó a la parte acusadora que un negocio debe siempre tratar de evitar la propagación de las informaciones negativas que les afecten, pero que con su actitud, su persecución judicial contra los periodistas lo que están contribuyendo es a su mutiplicación constante y permanente.
Aseguró que si esta acusación judicial no se hubiera producido, ya nadie se recordara de la información de la cual ellos se quejan, pero que con su actitud equivocada la mantienen viva y cada vez más interesante.
Incluso, les recordó a los representantes del negocio que con las evidencias que tienen los periodistas acusados, el negocio y sus dueños pueden ser sometidos a la Justicia y condenados.
Olivo De León sostuvo que este mismo caso le fue rechazado a la parte acusadora en dos ocasiones, una por la Cámara Penal de la Corte de Apelación de San Cristóbal  que declaró un No Ha Lugar, a favor del periodista Ramón González y del camarógrafo Alexander Vega y contra las pretensiones de los representantes del negocio.
Y la otra  por la Segunda Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia , la cual rechazó la querella en virtud de que los elementos probatorios aportados por el querellante fueron recogidos con inobservancia a los procedimientos establecidos en los artículos 26 y 166 del Código Procesal Penal.

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