SAN CRISTÓBAL,R.D.-La Corte Penal del Departamento Judicial de San Cristóbal se propone conocer la audiencia que se le sigue al alcalde Raúl Mondesí y varios funcionarios de la gestión que encabeza por supuestas indelicadezas
La magistrada Luz del Carmen
Matos ha reenviado por cuarta vez este caso para cumplir con tecnicismos judiciales ,siendo el último la presentación de las pruebas caligráficas del ejecutivo municipal y compartes y de la testigo Máxima Cuevas Reyes,quien está involucrada en el escándalo en que aparece como dueña de una excavadora, a cuyos nombres hay varios cheques y quien alega que no labora en la corporación edilicia y quien dice que no sabe por qué aparece en ese caso judicial según sus declaraciones.
Se recuerda que en la pasada audiencia la jueza Matos citó a las partes para el pasado viernes 24 de Julio a partir de las nueve de la mañana en la sede de la Procuraduría
Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (PEPCA) para que
coordinen y realicen todas las diligencias que estaban pendientes.
Ministerio Público presenta acusación y pide prisión
Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa
(PEPCA), solicitó prisión preventiva en contra del alcalde Raúl Mondesí por malversar fondos del Cabildo por
más de 200 millones de pesos dominicano.
Mediante el escrito de acusación se le solicita a la juez de la Corte de
Apelación del Departamento Judicial de San Cristóbal, designada como juez de la
instrucción especial de la jurisdicción privilegiada para este caso, la
apertura a juicio y la imposición de medida de coerción por hechos graves de
corrupción.
El organismo anticorrupción, solicita además, para los ciudadanos: Bienvenido Araujo Japa (Secretario General), Pedro Cordero Valverde (Contralor), Antonio de Jesús Ferreira Guzmán (Tesorero Municipal) y Edward Vianelo Guerrero Pontier, principales funcionarios del Ayuntamiento Municipal de San Cristóbal, una garantía económica de 1 millón de pesos dominicanos en efectivo, impedimento de salida y presentación periódica contra cada uno.
El organismo anticorrupción, solicita además, para los ciudadanos: Bienvenido Araujo Japa (Secretario General), Pedro Cordero Valverde (Contralor), Antonio de Jesús Ferreira Guzmán (Tesorero Municipal) y Edward Vianelo Guerrero Pontier, principales funcionarios del Ayuntamiento Municipal de San Cristóbal, una garantía económica de 1 millón de pesos dominicanos en efectivo, impedimento de salida y presentación periódica contra cada uno.
El Ministerio Público acusa a Raúl Mondesí y principales
funcionarios del Ayuntamiento Municipal de San Cristóbal de haber manejado los
fondos de forma discrecional sin cumplir con los procedimientos, elaborando los
estados financieros sin criterios técnicos, además de que los impuestos
retenidos no eran remesados, y que no cumplían mínimamente con el presupuesto.
Además se pudo establecer que confeccionaban documentos falsos y
hacían uso de documentos falsos para la realización de contrataciones de
servicios, con cargo a los fondos del Ayuntamiento Municipal de San Cristóbal,
como en algunos casos relativos a la recogida de basura.
Los impuestos eran retenidos sin remitir a la Dirección General de Impuestos Internos (DGII), deuda con la Tesorería de la Seguridad Social (TSS), ausencia del pago 1X1000 del Colegio de Ingenieros, Arquitectos y Agrimensores (CODIA), retenido a contratos de obras y el no pago del 1% de la Ley No. 6-86 sobre Fondo de Pensiones de los Trabajadores del Área de la Construcción y todas sus Ramas Afines (FOPETCONS), retenido a contratos de obras.
Los impuestos eran retenidos sin remitir a la Dirección General de Impuestos Internos (DGII), deuda con la Tesorería de la Seguridad Social (TSS), ausencia del pago 1X1000 del Colegio de Ingenieros, Arquitectos y Agrimensores (CODIA), retenido a contratos de obras y el no pago del 1% de la Ley No. 6-86 sobre Fondo de Pensiones de los Trabajadores del Área de la Construcción y todas sus Ramas Afines (FOPETCONS), retenido a contratos de obras.
Además, se hacían pagos en exceso por realización de obras de
infraestructuras
Se realizaban contratación de bienes, obras y servicios
violentando el procedimiento de compras establecido en la Ley No. 340-06 sobre
Compras y Contrataciones de Bienes, Servicios, Obras y Concesiones.
Asimismo, se les acusa de realizar pagos sin soportes de los
servicios, es decir, sin constancia de que los trabajos se hayan realizado.
Igualmente se determino que realizaban pagos que excedieron el
porcentaje establecido en la Ley No. 176-07 del Distrito Nacional y los
Municipios, para la distribución de los fondos.
También se les atribuye no realizar declaración jurada de bienes, aun cuando todo funcionario público está obligado por ley a realizar tal declaración.
Se indica que realizaban pagos mensuales y consecutivos a favor de esposas, hijos, suegro, y personas con vinculación de consanguinidad, allegados, amigos y relacionados de las principales autoridades del Cabildo, la mayoría de las cuales no asisten ni prestaban servicios en la institución edilicia.
La acusación establece también que venta de equipos de transporte (Chatarras) en violación a las leyes y los reglamentos.
Señala que hicieron uso de personas supuestas para elaborar contratos y cobrar cheques con endosos falsos.
También se les atribuye no realizar declaración jurada de bienes, aun cuando todo funcionario público está obligado por ley a realizar tal declaración.
Se indica que realizaban pagos mensuales y consecutivos a favor de esposas, hijos, suegro, y personas con vinculación de consanguinidad, allegados, amigos y relacionados de las principales autoridades del Cabildo, la mayoría de las cuales no asisten ni prestaban servicios en la institución edilicia.
La acusación establece también que venta de equipos de transporte (Chatarras) en violación a las leyes y los reglamentos.
Señala que hicieron uso de personas supuestas para elaborar contratos y cobrar cheques con endosos falsos.
El Ministerio Público requirió en su escrito que los acusados sean
enviados a juicio por violación a los artículos 123, 145, 146, 147, 148, 166,
167, 169, 170, 171, 172, 175, 265 y 266 del Código Penal dominicano que prevén
los delitos de coalición de funcionarios, falsificación de documentos, uso de
documentos falsos, prevaricación, desfalco, delitos de mezclarse en asuntos
incompatibles con la calidad de funcionario y asociación de malhechores;
precedidas por las prescripciones de las disposiciones del Decreto No. 319-98
del 25 de agosto de 1998, en sus artículos 1, 2 y 3, los artículos 1, 2 y 3 de
la Ley No. 6-86 crea el fondo de Pensiones de los Trabajadores del Área de la
Construcción, el artículo 62 de la Ley No. 87-01 que crea el Sistema de
Seguridad Social y el artículo 61 Código Tributario (Ley No. 11-92 del 13 de
abril del año 1998); el artículo 16, 17 y 65 párrafo II de la Ley No. 340-06
Sobre compras y contrataciones de Bienes, Servicios, Obras y Concesiones;
artículo 21 Párrafo IV y 60 de la Ley No. 176-07, del Distrito Nacional y los
Municipios; artículos 14 y 17 de la Ley No. 1832-48 de la Dirección General de
Bienes Nacionales, los artículos 15, 23, 24, párrafo III y 31 del Reglamento
No. 6105-49 sobre Bienes Nacionales, y el artículo 146 de la Constitución de la
República, sobre proscripción de la corrupción.
La sala capitular del Ayuntamiento San Cristóbal” aprobó las construcciones de obra en los últimos cuatro años, que aún no se han construido, sin que se explique donde fueron a parar los fondos.
La sala capitular del Ayuntamiento San Cristóbal” aprobó las construcciones de obra en los últimos cuatro años, que aún no se han construido, sin que se explique donde fueron a parar los fondos.
Por otra parte,la ciudadanía luce indignada por lo que califican como el Show Mondesí ,lo cual está causando graves inconvenientes en sus actividades,porque el tránsito ha sido cerrado por la Sánchez y vías aledañas,supuestamente por razones de seguridad.
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