Leyes y clima de negocios en RD


 Fausto Araujo .-
Fausto AraujoNuestro país goza de una envidiable mejora en su clima de negocios, así como de una gama de leyes de estímulos a los sectores productivos, las cuales tienen un alcance extraordinario.
El Banco Mundial ya ha dicho que la nuestra figura entre las 10 naciones más reformadoras del mundo, y en el reciente Informe -Doing Business 2015, Going Beyond Efficiency, Haciendo Negocios: Más allá de la Eficiencia- destaca el avance alcanzado por el país en materia de clima de negocios, tras afirmar que la República Dominicana ha sido una de las tres naciones de América Latina que más ha mejorado en ese sentido.
Además de la Constitución de la República, que contempla la libre empresa, la sociedad dominicana tiene unas 23 leyes, igual número de reglamentos y decenas de otras disposiciones bien claras que regulan y estimulan la inversión y los sectores productivos.
Hay que destacar que las principales disposiciones legales que procuran beneficiar y apoyar al sector manufacturero dominicano son las leyes 8-90, de Zonas Francas; 392-07, de Competitividad e Innovación Industrial; la 28-01, de incentivos para el desarrollo de las zonas fronterizas; la 84-99, de Fomento a las Exportaciones, y la 557-05, de Reforma Tributaria.
Bajo la Ley 8-90, que establece el régimen de zonas francas, las industrias instaladas y acogidas a la misma no pagan la gran mayoría de impuestos que desembolsan las demás empresas manufactureras, mientras que la Ley 28-01 dispone una serie de facilidades e incentivos fiscales para aquellas industrias que se instalen en las siete provincias que se encuentran en la Frontera dominicana con Haití.
De su lado, la Ley 392-07 establece las políticas de competitividad e innovación industrial a ser llevada a cabo por el país. En dicha legislación se establece una serie de incentivos fiscales y arancelarios, los cuales se destacan en los dispositivos números 17, 20, 25, 30, 32, 33, 34, 47, 50 y otros.
La Ley 84-99 garantiza que las empresas que se acojan a la misma pueden traer sus materias primas al territorio nacional libre del pago de ITBIS (IVA), a los fines de ser transformadas en producto terminados y en un plazo de 18 meses, después que la materia prima haya entrado al país, pueda ser exportada, en tanto que la Ley 557-05, sobre Reforma Tributaria, dispone en su artículo 24 una serie de partidas arancelarias que están en TASA CERO (0).
A los fines de la aplicación de la Ley 84-99, de Fomento a las Exportaciones, las empresas deben solicitar en la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) ser clasificadas como exportadoras. 
Así mismo, con el propósito de tener un excelente clima de negocios, la República Dominicana cuenta con las siguientes legislaciones:
La Ley 20-00 sobre propiedad industrial, la cual establece el marco regulatorio de todo lo relativo a signos distintivos y patentes de invención; la Ley 65-00 sobre propiedad intelectual, que contempla todo lo concerniente a la propiedad intelectual en la nación, y la 3-02, que dispone la obligatoriedad del Registro Mercantil, y hace constar que una persona está realizando actos de comercio.
Además, están la Ley 1-02, sobre actos de competencia desleal, la cual prevé las medidas a tomar en caso de que un país con el que tengamos acuerdos internacionales esté cometiendo actos de competencia desleal, y la 502-08, sobre Defensa a la Competencia, donde se contempla lo relativo al comportamiento que deben tener las empresas frente a sus competidores.
También se destacan, la Ley 358-05, de Defensa al Consumidor, que dispone el marco regulatorio de las condiciones en que las empresas deben ofrecer sus servicios a los consumidores, incluyendo las normas de etiquetado, y la 42-01, de Salud, la cual rige la política de salud del país, incluyendo las relativas a la instalación y puestas en funcionamiento de las empresas.
Contribuyen -de igual manera- al clima de negocios, la Ley 64-00, de Medioambiente y Recursos Naturales, que, entre otras, políticas prevé la instalación y puesta en funcionamiento de las industrias; la 11-92, Código Tributario, que trata todo lo relativo a la Administración Tributaria en la nación, y la 16-92, que intuye el Código de Trabajo, contemplando todo lo relativo a las relaciones entre empleador y trabajador en la República Dominicana.
De igual modo, figuran la Ley 126-02, sobre Comercio electrónico y firma digital; la 489-08, sobre Arbitraje Comercial; la 87-01, que crea el régimen de Seguridad Social en la República Dominica; la 53-07, que crea el marco regulatorio sobre crímenes y delitos de alta tecnología; la 340-06, sobre el marco regulatorio para las Compras de Productos y Servicios y Contrataciones del Estado Dominicano, y la 16-95 sobre Inversión Extranjera. 
Otras normas jurídicas nacionales a favor de la producción, la inversión y la mejora del clima de negocios en la sociedad dominicana son la Ley 6132 sobre Libre Expresión y Difusión del Pensamiento, y la Ley 479-08, de Sociedades Comerciales, que permite una más ágil y fácil formalización de las Mipymes, a través de nuevas formas de hacer negocios, como es el caso de las Sociedades de Responsabilidad Limitada (SRL), que a su vez pueden ser Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada o Sociedades de Responsabilidad Limitada.
Obviamente, no podemos olvidar que por encima de todas esas legislaciones está la Constitución Dominicana, que consagra la libre empresa.
Dependiendo del ramo de actividad, el Estado Dominicano les exige a las industrias: Registro sanitario (varios), Registro Industrial, licencia o permiso medioambiental, certificación de calidad, permiso del Ministerio de Agricultura (en caso de productos agrícolas), licencia del Ministerio de Turismo (en caso de proyectos turísticos o de hotelería), licencia del Ministerio de lo Interior (en caso de impresión de revistas o folletos). 
Constantemente estas leyes son demandadas por inversionistas locales e internacionales y muchas veces –por desconocimientos- algunos negocios no se instalan en el país y otros que tienen tiempo operando de manera eficiente no disfrutan de estos estímulos, los cuales, en definitiva, lo que procuran es aumentar la competitividad de las empresas y generar más empleos y riquezas para beneficio de toda la sociedad dominicana.
Es bueno que las agencias del gobierno dedicadas a promover y fomentar la inversión y la producción, las embajadas y consulados dominicanos en el exterior, las asociaciones industriales y las academias y los abogados del ramo de negocios conozcan y hagan conciencia de todas estas legislaciones existentes, a los fines de que sigamos contribuyendo a mejorar el clima de negocios, las inversiones y la competitividad de las empresas en el plano local e internacional.
Manos a la obra.

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